Ley 896
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto de la Ley Esta Ley tiene por objeto establecer el marco legal para prevenir, sancionar y erradicar la trata de personas en todas sus formas, así como proteger y asistir a las víctimas de este delito, garantizando el respeto de sus derechos humanos. Artículo 2. Interés del Estado Es interés del Estado reafirmar el reconocimiento de la persona, la familia y la comunidad como el origen y el fin de su actividad y estar organizado para asegurar el bien común, asumiendo la tarea de promover el desarrollo humano de todas y cada una de las personas, bajo la inspiración de valores cristianos, prácticas solidarias, democráticas y humanísticas, como valores universales y generales. El reconocimiento de que toda persona tiene derecho a que se le respete la dignidad, libertad, libre desarrollo de la personalidad, integridad física, psíquica y moral; que nadie debe ser sometido a servidumbre, esclavitud, torturas, procedimientos, ...